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NOM-247-SE-2021: cumplimiento obligatorio para desarrolladores inmobiliarios

La comercialización de inmuebles destinados a casa habitación en México se encuentra sujeta a un marco regulatorio específico que busca proteger los derechos de los consumidores. En este contexto, la NOM-247-SE-2021 establece las obligaciones que deben cumplir los desarrolladores inmobiliarios, así como los agentes, promotores e intermediarios que participan en la venta de vivienda.

Si bien su objetivo principal es fortalecer la transparencia y prevenir prácticas engañosas, la norma también impone cargas normativas relevantes que, de no atenderse correctamente, pueden derivar en sanciones administrativas y contingencias legales significativas.


¿Qué es la NOM-247-SE-2021?


La NOM-247-SE-2021 es la norma oficial mexicana que regula la información comercial y contractual en la venta de bienes inmuebles destinados a casa habitación. Su finalidad es garantizar que los consumidores cuenten con información clara, veraz, suficiente y comprobable respecto de las características, precios, condiciones y alcances de los proyectos inmobiliarios que adquieren.


¿A quién aplica?


El cumplimiento de la NOM-247 es obligatorio para todos los participantes en la comercialización de vivienda, incluyendo:

  • Desarrolladores inmobiliarios.
  • Comercializadores de vivienda.
  • Promotores, intermediarios y proveedores que intervienen en la venta de inmuebles.

Esto implica que la responsabilidad no recae únicamente en el desarrollador, sino en toda la cadena de comercialización.


Alcance del cumplimiento normativo


Uno de los aspectos más relevantes de la NOM-247 es que su cumplimiento no se limita a la etapa de comercialización. La norma abarca distintas fases del proceso inmobiliario, tales como:

  • La información publicitaria y promocional del proyecto.
  • Los contratos de adhesión y sus cláusulas.
  • La documentación que se entrega al comprador.
  • Los procesos internos y controles del propio desarrollador.

Por ello, una revisión aislada de contratos resulta insuficiente si no existe una estrategia integral de cumplimiento.


Principales requisitos y obligaciones


Entre las obligaciones más relevantes que impone la NOM-247 se encuentran:

  • Proporcionar información clara, veraz, suficiente y verificable sobre el inmueble.
  • Alinear la publicidad con las características reales del proyecto.
  • Contar con contratos de adhesión debidamente registrados.
  • Cumplir con los plazos, precios y condiciones ofrecidas.
  • Respetar en todo momento los derechos del consumidor.
  • Conservar y mantener el respaldo documental correspondiente.

Consecuencias del incumplimiento


El incumplimiento de la NOM-247 puede dar lugar a diversas consecuencias, entre ellas:

  • Imposición de multas económicas.
  • Medidas correctivas y sanciones por parte de PROFECO.
  • Suspensión de actividades comerciales.
  • Riesgos reputacionales, administrativos y legales para el desarrollador y demás involucrados.

Estas contingencias pueden impactar no solo en un proyecto específico, sino en la operación y reputación del negocio en el largo plazo.


Cumplimiento como herramienta de certeza jurídica


Más allá de ser una obligación regulatoria, el cumplimiento adecuado de la NOM-247 representa una oportunidad para fortalecer la seguridad jurídica de las operaciones inmobiliarias y generar mayor confianza entre los compradores.


En Roqueni Abogados asesoramos a desarrolladores inmobiliarios en la revisión, adecuación y fortalecimiento de sus procesos internos, contratos y estrategias de comercialización, con el objetivo de asegurar el cumplimiento normativo y prevenir contingencias legales.

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