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Nueva Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral

El catastro y el Registro Público de la Propiedad dejarán de operar de forma aislada: la Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral (la “Ley”) busca homologar sus trámites, digitalizarlos y vincular la información de cada inmueble.

 

Puntos clave

 

  • El 23 de octubre de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se expide la Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral, vigente desde el 24 de octubre.
  • Se crean una plataforma catastral y una registral, administradas por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, con trámites homologados y autenticación con Llave MX, el mecanismo de identificación digital del gobierno federal.
  • Cada inmueble tendrá una Clave Única Catastral vinculada a su Folio Real (el conjunto de asientos que el Registro Público lleva de cada inmueble), lo que dará lugar a la Cédula Única Catastral y Registral, un documento que une la información de ambos sistemas.
  • Catastros y registros deben adoptar los modelos y plataformas a más tardar el 31 de diciembre de 2026, para operar desde el 1° de enero de 2027.

El catastro es el sistema que concentra las características físicas, geográficas, fiscales y administrativas de los inmuebles, y sirve de base para el cobro del impuesto predial. El Registro Público de la Propiedad, por su parte, inscribe los actos jurídicos sobre ellos, como la titularidad y los gravámenes. Hasta ahora, cada uno ha operado con sus propios sistemas y criterios, por lo que la información de un mismo inmueble puede no coincidir. La Ley da cumplimiento al mandato del artículo 73, fracción XXIX-R, de la Constitución, que desde 2013 faculta al Congreso para homologar el funcionamiento de catastros y registros públicos.

 

Qué cambia con la Ley

  • Trámites homologados y digitales: la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones emitirá modelos con trámites, requisitos y tiempos de resolución obligatorios para todas las autoridades catastrales y registrales. Los trámites en plataforma tendrán los mismos efectos jurídicos que los presenciales.
  • Vinculación catastro-registro: las autoridades deberán intercambiar información para detectar y corregir inconsistencias entre ambos sistemas.
  • Alcance de la clave catastral: la Ley aclara que asignarla no prueba por sí sola la propiedad, la posesión, la superficie ni las colindancias.
  • Cartografía: los catastros deberán mantener actualizada su cartografía, conforme a los plazos que fije la autoridad federal.
 

¿Aumentos en el predial?

La Ley no fija tasas ni tarifas: el impuesto predial sigue siendo competencia de los municipios y de las legislaturas locales. Sin embargo, la actualización de la información y de los valores catastrales podría modificar la base sobre la que se calcula en algunos casos.

 

Plazos y siguientes pasos

La Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones deberá emitir los lineamientos y habilitar las plataformas dentro de los 30 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del decreto. Junto con la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, emitirá también los lineamientos de la clave y la cédula catastral y registral. Las autoridades locales deberán adoptarlas conforme al calendario que publique esa dependencia en el DOF, y los congresos locales cuentan con 180 días para adecuar su legislación. El decreto no prevé recursos adicionales para su implementación.

 

Qué conviene revisar

La Ley no modifica por sí misma los derechos de propiedad, pero sí la forma en que se consultan y tramitan. Conviene revisar que la superficie, los linderos y el titular de cada inmueble coincidan en catastro y registro, que no existan adeudos de predial y que la documentación esté al día, ya que las inconsistencias serán más visibles cuando la información se cruce. En operaciones de compraventa, financiamiento o aportación a fideicomiso, estas discrepancias podrían retrasar la escrituración. También será importante dar seguimiento a los lineamientos y a la legislación de cada entidad.

 

En Roqueñí Abogados damos seguimiento a los cambios regulatorios que pueden afectar a nuestros clientes y a su patrimonio inmobiliario.

 

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